Contaminantes en productos alimenticios.
Nuevo Reglamento (UE) número 2021/1399 de 24 de agosto de 2021 (DOUE de 25 de agosto de 2021) que modifica el Reglamento (CE) número 1881/2006 en lo relativo al contenido máximo de esclerocios de cornezuelo y alcaloides de cornezuelo, estructuras fúngicas del género Claviceps, en determinados alimentos. Dichas estructuras sustituyen al grano en las espigas de los cereales o a cereales en las espigas de las gramíneas, conteniendo éstos diferentes clases de alcaloides.
Será aplicable a partir del 1 de enero de 2022.
Se modifica la entrada 2.9 de la sección 2 del anexo del Reglamento (CE) número 1881/2006, estableciendo nuevos contenidos máximos para:
2.9.1 Esclerocios de cornezuelo, en:
-Cereales no elaborados, excepto maíz, centeno y arroz
-Centeno no elaborado
2.9.2 Alcaloides de cornezuelo, en:
-Productos de la molienda de cebada, trigo, espelta y avena
-Granos de cebada, trigo, espelta y avena comercializados para el consumidor final
-Productos de la molienda del centeno y centeno comercializado para el consumidor final
-Gluten de trigo
-Alimentos elaborados a base de cereales para lactantes y niños de corta edad