Oposiciones Cuerpo A1.4

Cuerpo Superior de Instituciones Sanitarias de Junta de Andalucía, especialidades de Farmacia y Veterinaria (Inspectores de Salud Pública).

¿Qué trabajo realizan los Inspectores de Salud Pública?

Las funciones del personal funcionario del CSF-IISS-JA, ambas especialidades. de conformidad con la Ley de ordenación de las profesiones sanitarias, se agrupan en:

a) El ámbito de Protección de la Salud:

1.º Materia de Seguridad Alimentaria: El control oficial de la producción y comercialización de los productos alimenticios.

2.º Materia de Salud Ambiental: La vigilancia, evaluación y gestión sanitarias de riesgos ambientales que puedan afectar a la salud de la población (Aguas de consumo, Legionella, Aguas Recreativas, Seguridad Química, …).

3.º Materia de Zoonosis y Epidemiología: Desarrollo y participación en actividades para la prevención en las personas, de las enfermedades transmitidas por animales o de aquellos riesgos sanitarios asociados a la fauna, diseño y participación en los estudios epidemiológicos en relación con dichas enfermedades, así como en la investigación de otros brotes de origen alimentario o ambiental, o con implicaciones en protección de la salud.

b) El materia de Promoción de la Salud: El desarrollo y la participación en programas y actividades de información, formación y educación para la salud relacionadas con los hábitos y entornos saludables.

c) En materia de Formación e Investigación:

1.º Colaboración y participación en las actividades de formación continuada.

2.º Participación en las líneas específicas de investigación que se desarrollen en el ámbito de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias y del Servicio Andaluz de Salud.

El personal funcionario del CSF-IISS-JA tiene como centro de destino la UGSP (Unidad de Gestión de Salud Pública) de los Distritos Sanitarios de Atención Primaria/Áreas de Gestión Sanitaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Las retribuciones básicas del personal pertenecientes al Cuerpo A1.4 son las establecidas para el subgrupo A1, con un complemento de destino (retribuciones complementarias) correspondiente al nivel 25.

El acceso a la condición de personal funcionario de carrera del CSF-IISS-JA, ambas especialidades de Farmacia y Veterinaria, de forma independiente, se realizará mediante convocatoria pública, a través del sistema de concurso oposición libre. Cada especialidad tiene su oposición.

El concurso-oposición consiste en la sucesiva celebración de la fase de oposición (examen de preguntas tipo test, 100 preguntas test generales sobre el temario y 50 preguntas test de parte práctica), y de la fase de concurso, mediante la comprobación y calificación de los méritos de las mismas, para que con la suma de ambas valoraciones, se fije el orden de prelación.

De igual modo, el personal funcionario de carrera tiene acceso a la Carrera Profesional de forma voluntaria e individualizada, de manera que cada profesional determinará su progresión en los distintos niveles que se configuran. La Carrera Profesional se organiza en 5 niveles, en los cuales el profesional debe permanecer por un mínimo de tiempo para poder optar a un nivel superior. La certificación que obtenga un profesional en un determinado nivel de Carrera Profesional, o el cambio en el mismo, no implica un cambio del puesto de trabajo ni de la actividad que desarrolle el profesional.

Ya vas tarde! Una plaza tiene que ser tuya.

Temario de las materias que habrán de regir las pruebas selectivas para el
ingreso en el CSF-IISS-JA, especialidades de Farmacia y Veterinaria, en centros asistenciales del Servicio Andaluz de Salud (SAS).

Tabaco: Nuevos tiempos.

El Ministerio de Sanidad se encuentra desarrollando el Proyecto del Real Decreto que modificará el Real Decreto 579/2017 que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados.

Entre otras novedades, se incluirá el Registro de Fabricantes, Importadores y Distribuidores de cigarrillo electrónico y cigarrillo electrónico sin nicotina y envases de recarga con y sin nicotina, el Registro de Fabricantes, Importadores y Distribuidores de productos a base de hierbas para fumar y el Registro de Laboratorios de Verificación.

Se establecerán, entre otros, los siguientes criterios sobre la apariencia uniforme de las unidades de envasado y el embalaje exterior de cigarrillos y tabaco de liar:

  • El interior de la unidad de envasado y del embalaje exterior de cigarrillos o tabaco de liar deben tener tono de color único.
  • Además del producto de tabaco, sólo puede incluirse en la unidad de envasado el recubrimiento que forma parte del embalaje.
  • La envoltura transparente de la unidad de envasado y el embalaje exterior de cigarrillos o tabaco de liar debe ser clara, transparente e incolora.
  • La envoltura transparente mencionada en el apartado anterior debe estar desprovista de cualquier marca. Sólo puede incluirse:

1.º Un código de barras cuyas características se fijen por orden ministerial.

2.º Un cuadrado o rectángulo negro para cubrir el código de barras en las unidades de embalaje incluidas en la envoltura transparente.

3.º La envoltura transparente puede incluir una tira de rasgado cuyas características se determinarán por orden ministerial.

Además de las advertencias sanitarias y medioambientales, la unidad de embalaje o embalaje exterior de cigarrillos o tabaco de liar sólo podrá incluir de manera uniforme:

  • El nombre de la marca.
  • El nombre de la marca comercial.
  • El nombre del fabricante, la dirección postal, la dirección de correo electrónico y el número de teléfono.
  • El número de cigarrillos contenidos o la indicación del peso en gramos del tabaco de liar contenido.
  • La mención a la prohibición de su venta a menores.

Los fabricantes o los importadores que pretendan comercializar cigarrillos electrónicos, cigarrillos electrónicos sin nicotina o envases de recarga con o sin nicotina comunicarán a la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud del Ministerio de Sanidad, a través del Portal EU-CEG, la información definida en este nuevo Real Decreto, destacando la lista de ingredientes del cigarrillo electrónico o cigarrillo electrónico sin nicotina, los ingredientes del envase de recarga con o sin nicotina, y las emisiones que genere el uso del mismo, especificados por marcas y tipos, incluidas las cantidades de dichos ingredientes, junto con los datos toxicológicos acerca de los ingredientes y emisiones del producto (incluso sometidos a calentamiento), indicando sus efectos sobra la salud de los consumidores e indicando su posible efecto adictivo.

Vigilancia en salud pública.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 33/2011, General de Salud Pública, corresponde al Ministerio de Sanidad, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, en el ámbito de sus competencias de organización y gestión de la vigilancia en salud pública, las funciones de vigilancia sobre los riesgos que para la salud humana puedan causar los cigarrillos electrónicos o cigarrillos electrónicos sin nicotina y envases de recarga con o sin nicotina.

¿Qué es una Bolsa de nicotina?

Se entenderá por bolsa de nicotina, «a un producto para uso oral sin tabaco, compuesto total o parcialmente por nicotina sintética o natural, mezclada con fibras vegetales o un sustrato equivalente, y presentado en forma de polvo, fibras, partículas o pasta, o una combinación de estas formas, en sobres monodosis, en sobres porosos, comprimidos o en forma equivalente, sin estar destinados a fumarse.«

Quedará prohibida la introducción en el mercado, la venta, la distribución o la oferta gratuita de bolsas de nicotina que contengan:

  • Más de 0,99 mg/nicotina por sobre.
  • Aditivos que faciliten la absorción de nicotina.
  • Cafeína, taurina, CBD u otros aditivos y estimulantes asociados a la energía o relajación.
  • Aromatizantes o saborizantes diferentes a los que confieren al producto final aromas y/o sabores a tabaco.

El envase o embalaje exterior que contenga las bolsas de nicotina deberá estar provisto de un dispositivo de seguridad para niños y ser a prueba de manipulaciones.

Los fabricantes de bolsas de nicotina están obligados a cumplir las normas en materia de higiene establecidas en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 852/2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios, para los operadores de empresas alimentarias.

Entre otras obligaciones establecidas en el artículo 4 del citado Reglamento 852/2004, los operadores que desempeñen su actividad en cualquiera de las fases de producción, transformación y distribución de alimentos posteriores a la producción primaria cumplirán las normas generales de higiene que figuran en el anexo II de la citada norma.

Estos operadores adoptarán, en la medida que proceda, las siguientes medidas de higiene específicas:

  • Cumplimiento de los criterios microbiológicos para los productos alimenticios, en su caso.
  • En su caso, el cumplimiento de los requisitos relativos al control de la temperatura de los productos, el mantenimiento de la cadena de frío o el muestreo y análisis.

¿Qué serán los productos a base de hierbas calentadas?

«Producto sin tabaco, con o sin nicotina, utilizado para la inhalación de un aerosol, compuesto por un dispositivo electrónico y una recarga en stick, cigarro, cápsula u otro formato que contiene un sustrato a base de hierbas u otras fibras vegetales en estado seco o con muy baja humedad, que contiene o no nicotina añadida de forma artificial.»

Quedará prohibida la introducción en el mercado, la venta, la distribución o la oferta gratuita de productos a base de hierbas calentadas con o sin nicotina que contengan:

  • En su caso, más de 5 mg de nicotina por unidad.
  • Aditivos que facilitan la absorción de nicotina.
  • Cafeína, taurina, CBD u otros aditivos y estimulantes asociados a la energía o relajación.
  • Ingredientes aromatizantes o saborizantes diferentes a los que confieran al producto final aromas y/o sabores a tabaco.

Los productos a base de hierbas calentadas con o sin nicotina deberán estar provistas de un dispositivo de seguridad para niños y ser a prueba de manipulaciones.

Las unidades de envasado y el embalaje exterior de los productos a base de hierbas calentados con nicotina deberán llevar la advertencia sanitaria: “Este producto contiene nicotina, una sustancia muy adictiva. No se recomienda su consumo a los no fumadores”. Añadir por nuestra parte que tampoco será recomendable para los fumadores.

En el caso de los productos a base de hierbas calentados sin nicotina, las unidades de envasado y el embalaje exterior de los mismos llevará la advertencia sanitaria: “Este producto es nocivo para su salud”. Añadiremos por nuestra parte, si el producto es nocivo, nos preguntamos por qué se permitirá la comercialización de un producto nocivo para la salud de los consumidores.

‘Test’ SAS 2025.

2º Seminario “Salud Pública” para preparar las oposiciones SAS 2025.

Participa en los Seminarios exclusivos de carácter teórico y adaptados a la preparación de la parte común de los temarios publicados por el Servicio Andaluz de Salud. Te enfrentarás al examen test con garantías. Elaboramos las preguntas test en función de tus prioridades para que no dejes pasar ni una sola pregunta test.

Módulo 1:

  1. Constitución Española. Estatuto de Autonomía para Andalucía.
  2. Organización Sanitaria: Consejería de Salud y Consumo, Servicio Andaluz de Salud, Distritos Sanitarios/AGS, Atención especializada.
  3. Estrategia de Salud de Andalucia, ESA 2030. Plan Andaluz de Salud. Otras estrategias. Contrato Programa.
  4. Plan de Calidad del SSPA.
  5. Legislación en materia de salud pública.
  6. Régimen jurídico del personal estatutario.
  7. Igualdad de género.

Módulo 2:

  1. Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
  2. Prevención de riesgos laborales.
  3. Regulación jurídica de la Función Pública.
  4. Ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
  5. Tecnologias de la información y comunicaciones en el Servicio Andaluz de Salud.

Desarrollo de cada seminario presencial:

• Único seminario por módulo, un día, para un grupo reducido de asistentes.
• Pruébate con la realización de un simulacro real de entrenamiento (153 preguntas test).
• Corrección de la prueba realizada en tiempo real y resultado de la misma.
• Aclaración de dudas y discusión de los temas.
Orientación de los temas de estudio.
• Obtención de un manual de preguntas test.

No pierdas la oportunidad en las próximas oposiciones. Una plaza tiene que ser tuya.

Un saludo.

Inspección de Salud Pública (A1.4)

Farmacéuticos y Veterinarios en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Publicada en BOJA número 17 de 27/01/2025 la Resolución de 22/01/2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (SAS), que aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de categorías y especialidades de personal estatutario y del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía (A1.4), especialidades Farmacia y Veterinaria, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud 2022-2023-2024, de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.

El sistema selectivo para ingresar en las categorías/cuerpo y especialidades será el de concurso-oposición y, en consecuencia, constará de dos fases:

  • Fase de oposición y
    • Fase de concurso de méritos.

    Destacar que la puntuación de la fase de oposición supondrá el 50% de la puntuación total del concurso-oposición, mientras que la puntuación de la fase de concurso supondrá el 50% de la puntuación total del concurso-oposición, respetando en todo caso las reglas establecidas en la citada resolución.

    • La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.
    • Las pruebas citadas se realizarán el mismo día en una única sesión.
    • La puntuación máxima de esta fase de oposición será 100 puntos, y las puntuaciones obtenidas por cada persona aspirante en esta prueba se expresarán con 3 decimales.

    En concreto para la prueba selectiva del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, A1.4, la prueba consistirá en un cuestionario de 150 preguntas, de las cuales 100 preguntas corresponderán al ejercicio teórico y 50 preguntas al ejercicio práctico. Además habrá 3 preguntas teóricas de reserva, que serán utilizadas para sustituir preguntas del ejercicio teórico que sean anuladas por el Tribunal Calificador/Comisión de Selección. La duración total de la prueba (ejercicio teórico más ejercicio práctico) será de 3 horas (180 minutos).

    Más información.

    Fabricación de Productos Sanitarios “in house”.

    El próximo 9 de octubre, la Agencia Española del Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) celebrará un evento online sobre la “Fabricación in house de productos sanitarios (PS)”.

    El objetivo es describir el procedimiento para el inicio de la actividad de fabricación in house de productos sanitarios en hospitales. Actividad regulada en el Reglamento (UE) 2017/745, relativa a la fabricación en el hospital de PS para uso exclusivo en el centro hospitalario (reprocesamiento de PS de un solo uso).

    Ver noticia en la AEMPS.

    Enlace: Evento.

    Ver: 

    Estragol: Carcinogenicidad genotóxica.

    Medicamentos tradicionales a base de plantas.

    El uso de estragol, en principios activos o excipientes, debe evitarse en la medida de lo posible debido a la evidencia generalmente aceptada de carcinogenicidad genotóxica.

    Según la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y la publicación de mayo de 2024 del Grupo de Coordinación para Procedimientos de Reconocimiento Mutuo y Descentralizado de la Red de Jefes de Agencias de Medicamentos, el uso de excipientes o principios activos que contengan estragol debe evitarse y su exposición debe mantenerse tan baja como sea posible, debido a la evidencia generalmente aceptada de su carcinogenicidad genotóxica.

    El contenido de dicha sustancia debe reducirse hasta una cantidad inferior al valor orientativo de 0,05 mg/persona/día para adultos y adolescentes, y de 1,0 μg/kg de peso corporal para niños.

    La AEMPS recuerda a titulares de autorización de medicamentos y titulares de los registros de medicamentos tradicionales a base de plantas que comprueben que los medicamentos que contengan estragol cumplan con el valor orientativo fijado.

    Ver Nota de la AEMPS.

    ETG, enfermedades transmitidas por garrapatas.

    Fiebre hemorrágica de Crimea-Congo, FHCC.

    Las enfermedades vectoriales son un grupo de enfermedades infecciosas causadas por microorganismos patógenos que se transmiten a los seres humanos y otros animales a través de la picadura de vectores, como los mosquitos y las garrapatas. 

    El Ministerio de Sanidad pone a disposición de la ciudadanía el Plan Nacional de prevención, vigilancia y control de las enfermedades transmitidas por vectores. E la Parte III de este Plan se describen las enfermedades transmitidas por garrapatas (Edición 2024), destacando la fiebre hemorrágica de Crimea-Congo, ya presente en nuestro país.

    La fiebre hemorrágica de Crimea-Congo (FHCC) es una ETG considerada emergente, causada por un virus (Nairovirus) de la familia Bunyaviridae transmitido por garrapatas. Este virus causa graves brotes de fiebre hemorrágica viral, con una tasa de letalidad de hasta el 40%.

    En España existen gran variedad de especies de garrapatas, no siendo todas las especies presentes en España de interés en Salud Pública, debido a que solo unas pocas especies son capaces de transmitir microorganismos patógenos a las personas a través de su picadura.

    El virus de la FHCC se transmite a las personas ya sea por la picadura de garrapatas o por contacto con la sangre o tejidos de animales infectados durante o inmediatamente después de la matanza. La mayoría de los casos se han dado en personas relacionadas con la industria ganadera, como trabajadores agrícolas, trabajadores de mataderos.

    Después de la picadura de garrapata, la fase de incubación es generalmente de 1 a 3 días, con un máximo de 9 días. El periodo de incubación tras el contacto con sangre o tejidos infectados es por norma general de 5-6 días, con un máximo de 13 días.

    Los síntomas generales comienzan de forma súbita, en forma de fiebre, mialgia (dolor muscular), mareo, dolor y rigidez de cuello, lumbago, cefalea, irritación de los ojos y fotofobia (hipersensibilidad a la luz). 

    La Junta de Andalucía dispone de un Plan Estratégico Andaluz para la Vigilancia y Control de Vectores Artrópodos con Incidencia en Salud (PEVA), que aborda la interrelación entre factores ambientales y la salud de la población, con el objetivo de proteger la salud de las personas de la transmisión de enfermedades relacionadas con mosquitos, garrapatas y otros vectores.

    APPCC: Sector cervecero.

    Se publica una Guía de análisis de peligros y puntos de control críticos en el sector cervecero con el objeto de apoyar a las empresas alimentarias dedicadas a la fabricación de cerveza para desarrollar e implantar sus sistemas APPCC (Análisis de peligros y puntos de control críticos), en cumplimiento del Reglamento (CE) 852/2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios.

    Destacar que la aplicación de las guías nacionales de prácticas correctas de higiene tiene un carácter voluntario que los operadores económicos pueden utilizar como un instrumento de garantía de seguridad alimentaria.

    La citada guía incluye: 

    1.Buenas prácticas de higiene:

    -Plan de formación del personal. Prácticas de higiene personales

    -Plan de diseño y mantenimiento de instalación, locales y equipos

    -Plan de limpieza y desinfección

    -Plan de control de plagas

    -Plan de control de servicios

    -Plan de control de residuos

    2.Buenas prácticas de manipulación:

    -Buenas prácticas de fabricación

    -Plan de control de elementos químicos y físicos

    -Plan de control de alérgenos

    -Plan de control de trazabilidad y reprocesos

    -Plan de control de retirada de producto

    -Adulteración intencional “Food defense”

    3.Buenas prácticas de gestión:

    -Plan de control de proveedores

    -Plan de control de incidencias

    Actividades cinegéticas 2024.

    Condiciones sanitarias de la carne de caza en Andalucía con destino a consumo humano.

    Publicado a fecha 30 de agosto de 2024 el Decreto 196/2024, de 26 de agosto, por el que se regulan las condiciones sanitarias de la carne de caza en Andalucía con destino a consumo humano (BOJA, número 169).

    Es objeto de la citada norma:

    1.Regular los requisitos de salud pública sobre higiene y controles sanitarios aplicables a:

      a) La carne de caza mayor y menor destinada a un establecimiento de manipulación de carne de caza para su posterior comercialización.

      b) La carne de caza mayor destinada al autoconsumo.

      2.Establecer los requisitos del veterinario autorizada en actividades cinegéticas y del cazador formado.

      Este decreto será de aplicación a la carne de caza procedente de las piezas de caza cobradas en las distintas modalidades de actividades cinegéticas realizadas en Andalucía, según el artículo 81 del Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, aprobado por Decreto 126/2017.

      Las actividades cinegéticas se clasifican en:

      a) Montería, gancho, batida y batida de gestión de caza mayor.

      b) En mano, rececho, aguardo diurno y aguardo nocturno de caza mayor y todas las modalidades de caza menor recogidas en el Reglamento de Ordenación de la Caza de Andalucía (Artículo 81.1.b).

      FUGAS: Sistema de Información.

      En la actualidad el Ministerio de Sanidad está desarrollando una base de datos anexa a la aplicación SINAC (Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo) para el registro de fugas estructurales. Esta base se denominará FUGAS, pero no tenemos conocimiento de su puesta en funcionamiento.

      Entre otras responsabilidades, será responsabilidad de los operadores la evaluación de fugas estructurales en las redes de distribución y acometidas de titularidad y gestión municipal.

      En cumplimiento del Real Decreto 3/2023, por el que se establecen los criterios técnicos-sanitarios de la calidad del agua de consumo, control y suministro (artículo 47 y anexo X) y el Real Decreto 907/2007, los operadores de las zonas de abastecimiento tipo 3, 4, 5 y 6 deberán realizar una evaluación de los niveles de fugas estructurales de agua de consumo y agua bruta y el propietario de las infraestructuras implicadas deberá tomar las medidas correctoras y preventivas necesarias para reducir las fugas consideradas evitables.

      Dicha evaluación:

      -Tendrá en cuenta aspectos de salud pública, medioambientales, técnicos y económicos.

      -Se hará para el agua de consumo desde la salida del depósito de cabecera hasta la acometida. Deben incluirse las fugas en depósitos, redes y acometidas. También se realizarán en depósitos de agua bruta y conducciones.

      El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico debe elaborar, antes del 01/12/2025, un Informe sobre Fugas Estructurales que incluya la información recogida en los sistemas de información, planes hidrológicos de cuenca y SINAC. Informe que incluirá una evaluación de los niveles de fugas de agua en nuestro país y las correspondientes medidas correctoras aplicables. Mientras que los operadores de las citadas zonas de abastecimiento tipo 3, 4, 5 o 6 realizarán una primara evaluación de las fugas estructurales antes del 31/03/2025. (Ver disposiciones adicionales 3ª y 13ª del Real Decreto 3/2023).