Inspección de Salud Pública (A1.4)

Farmacéuticos y Veterinarios en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Publicada en BOJA número 17 de 27/01/2025 la Resolución de 22/01/2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (SAS), que aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de categorías y especialidades de personal estatutario y del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía (A1.4), especialidades Farmacia y Veterinaria, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud 2022-2023-2024, de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.

El sistema selectivo para ingresar en las categorías/cuerpo y especialidades será el de concurso-oposición y, en consecuencia, constará de dos fases:

  • Fase de oposición y
    • Fase de concurso de méritos.

    Destacar que la puntuación de la fase de oposición supondrá el 50% de la puntuación total del concurso-oposición, mientras que la puntuación de la fase de concurso supondrá el 50% de la puntuación total del concurso-oposición, respetando en todo caso las reglas establecidas en la citada resolución.

    • La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.
    • Las pruebas citadas se realizarán el mismo día en una única sesión.
    • La puntuación máxima de esta fase de oposición será 100 puntos, y las puntuaciones obtenidas por cada persona aspirante en esta prueba se expresarán con 3 decimales.

    En concreto para la prueba selectiva del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, A1.4, la prueba consistirá en un cuestionario de 150 preguntas, de las cuales 100 preguntas corresponderán al ejercicio teórico y 50 preguntas al ejercicio práctico. Además habrá 3 preguntas teóricas de reserva, que serán utilizadas para sustituir preguntas del ejercicio teórico que sean anuladas por el Tribunal Calificador/Comisión de Selección. La duración total de la prueba (ejercicio teórico más ejercicio práctico) será de 3 horas (180 minutos).

    Más información.

    Farmacéutic@s: Nuevas plazas.

    A fecha 31 de diciembre de 2024 se publica la oferta de empleo público del Servicio Andaluz de Salud de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (SAS) mediante el Decreto 274/2024, de 26 de diciembre, y la oferta público de empleo de la Administración General de la Junta de Andalucía a través del Decreto 275/2024.

    Servicio Andaluz de Salud:

    • 4 plazas del CSF de IISS, especialidad Farmacia (A1.4).
    • 6 plazas de Farmacéuticos de Atención Primaria.

    Administración General de la Junta de Andalucía:

    • 5 plazas del Cuerpo de Inspección de Servicios Sanitarios, especialidad Inspección Farmacéutica (A1.9).

    ¡Vamos a disfrutar!

    Feliz Año 2025.

    Estragol: Carcinogenicidad genotóxica.

    Medicamentos tradicionales a base de plantas.

    El uso de estragol, en principios activos o excipientes, debe evitarse en la medida de lo posible debido a la evidencia generalmente aceptada de carcinogenicidad genotóxica.

    Según la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y la publicación de mayo de 2024 del Grupo de Coordinación para Procedimientos de Reconocimiento Mutuo y Descentralizado de la Red de Jefes de Agencias de Medicamentos, el uso de excipientes o principios activos que contengan estragol debe evitarse y su exposición debe mantenerse tan baja como sea posible, debido a la evidencia generalmente aceptada de su carcinogenicidad genotóxica.

    El contenido de dicha sustancia debe reducirse hasta una cantidad inferior al valor orientativo de 0,05 mg/persona/día para adultos y adolescentes, y de 1,0 μg/kg de peso corporal para niños.

    La AEMPS recuerda a titulares de autorización de medicamentos y titulares de los registros de medicamentos tradicionales a base de plantas que comprueben que los medicamentos que contengan estragol cumplan con el valor orientativo fijado.

    Ver Nota de la AEMPS.

    ETG, enfermedades transmitidas por garrapatas.

    Fiebre hemorrágica de Crimea-Congo, FHCC.

    Las enfermedades vectoriales son un grupo de enfermedades infecciosas causadas por microorganismos patógenos que se transmiten a los seres humanos y otros animales a través de la picadura de vectores, como los mosquitos y las garrapatas. 

    El Ministerio de Sanidad pone a disposición de la ciudadanía el Plan Nacional de prevención, vigilancia y control de las enfermedades transmitidas por vectores. E la Parte III de este Plan se describen las enfermedades transmitidas por garrapatas (Edición 2024), destacando la fiebre hemorrágica de Crimea-Congo, ya presente en nuestro país.

    La fiebre hemorrágica de Crimea-Congo (FHCC) es una ETG considerada emergente, causada por un virus (Nairovirus) de la familia Bunyaviridae transmitido por garrapatas. Este virus causa graves brotes de fiebre hemorrágica viral, con una tasa de letalidad de hasta el 40%.

    En España existen gran variedad de especies de garrapatas, no siendo todas las especies presentes en España de interés en Salud Pública, debido a que solo unas pocas especies son capaces de transmitir microorganismos patógenos a las personas a través de su picadura.

    El virus de la FHCC se transmite a las personas ya sea por la picadura de garrapatas o por contacto con la sangre o tejidos de animales infectados durante o inmediatamente después de la matanza. La mayoría de los casos se han dado en personas relacionadas con la industria ganadera, como trabajadores agrícolas, trabajadores de mataderos.

    Después de la picadura de garrapata, la fase de incubación es generalmente de 1 a 3 días, con un máximo de 9 días. El periodo de incubación tras el contacto con sangre o tejidos infectados es por norma general de 5-6 días, con un máximo de 13 días.

    Los síntomas generales comienzan de forma súbita, en forma de fiebre, mialgia (dolor muscular), mareo, dolor y rigidez de cuello, lumbago, cefalea, irritación de los ojos y fotofobia (hipersensibilidad a la luz). 

    La Junta de Andalucía dispone de un Plan Estratégico Andaluz para la Vigilancia y Control de Vectores Artrópodos con Incidencia en Salud (PEVA), que aborda la interrelación entre factores ambientales y la salud de la población, con el objetivo de proteger la salud de las personas de la transmisión de enfermedades relacionadas con mosquitos, garrapatas y otros vectores.

    Farmacéuticos/as de la Junta de Andalucía

    ¿Qué posibilidades tienes de acceder a un puesto en la Administración Pública de la Junta de Andalucía como farmacéutica/o?

    Existen distintos cuerpos de funcionarios cuya vía de acceso es exclusiva para las personas que dispongan de la Licenciatura (o Grado) en Farmacia. Voy a exponerlo de forma esquemática para que te resulte más claro. 

    En la actualidad:

    1.- Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía, especialidad Farmacia (A1.2008).

    Acceso: Oposición libre.

    Requisito: Estar en posesión del título universitario oficial que habilite el ejercicio de esta profesión regulada.

    Lugar de trabajo: Delegación Territoriales de Salud y Consumo, Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud (en lo sucesivo, SAS) y Consejería de Salud y Consumo.

    El farmacéutico del Cuerpo General de Farmacéuticos realiza funciones como asesor técnico y/o jefes de sección de áreas como salud pública (salud ambiental, seguridad alimentaria o epidemiología) consumo, prestaciones farmacéuticas, etc, según el puesto de trabajo ocupado.

    2.- Cuerpo Superior de Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía, especialidad Inspección Farmacéutica (A1.9002).

    Acceso: Oposición libre.

    Requisito: Título universitario oficial que habilite el ejercicio de esta profesión regulada de farmacéutico/a.

    Lugar de trabajo: Delegación Territoriales de Salud y Consumo (Direcciones Provinciales) y Consejería de Salud y Consumo (Subdirección de Inspección).

    A la Inspección Farmacéutica le corresponden funciones de inspección, control y evaluación:

    – de los centros, establecimientos y servicios sanitarios que realizan cualquier tipo de producción, distribución y dispensación de medicamentos (MD) y productos sanitarios (PS),

    – del cumplimiento de normas de correcta fabricación industrial, distribución y dispensación de MD y PS,

    – de las actividades de promoción y publicidad de MD y PS,

    – del cumplimiento de normas de correcta elaboración y control de calidad de fórmulas magistrales (FM) y preparados oficiales (PO),

    – de la normativa vigente en materia de prescripción de MD y PS,

    – de los requisitos exigidos para la realización de ensayos clínicos de medicamentos,

    – de los convenios entre el Servicio Andaluz de Salud y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CACOF) en materia de dispensación de medicamentos, productos sanitarios y dietoterápicos, y

    – el control de calidad de medicamentos en el mercado, comercialización de medicamentos y productos sanitarios.

    3.- Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidad Farmacia (A1.4001).

    Acceso: Concurso-oposición.

    Requisito: Estar en posesión del título universitario oficial que habilite el ejercicio de esta profesión regulada.

    Lugar de trabajo: Unidades de Gestión de Salud Pública (UGSP) de los Distritos Sanitarios de Atención Primaria o Áreas de Gestión Sanitaria del SAS.

    El personal A1.4, Inspección de Salud Pública, realiza actividades de control oficial (inspecciones y/o auditorías) en empresas y establecimientos dedicados a actividades alimentarias y establecimientos relacionados con la temática salud ambiental (aguas de consumo, seguridad química, legionella, aguas recreativas, riesgos ambientales). Desarrollan su trabajo en su ámbito de actuación (municipio y/o comarca) bajo la tutela de la Dirección de la UGSP.

    El personal A1.4 puede realizar funciones, en colaboración con los Farmacéuticos de Atención Primaria, en actividades de promoción de su uso racional, farmacovigilancia, alertas farmacéuticas, información, docencia e investigación.

    Comentaros la existencia de la Categoría de Farmacéuticos/as de Atención Primaria, que realizan su trabajo en los Servicios de Farmacia (o Unidades de Gestión Clínica de Farmacia) de los Distritos Sanitarios de Atención Primaria y/o AGS del SAS.

    Entre las funciones de la categoría de Farmacéuticos de Atención Primaria destacar la planificación, coordinación, ejecución y evaluación de las actividades y los programas relacionados con el medicamento, incluyendo promoción del uso racional, farmacovigilancia, alertas farmacéuticas, información, docencia e investigación; funciones de dirección técnica de la adquisición, calidad, correcta conservación, cobertura de necesidades, custodia, distribución y dispensación de los medicamentos que deban administrarse en los Centros Asistenciales de Atención Primaria del SAS y, la función de gestionar y mantener la calidad de los sistemas de información sanitaria relativos al medicamento. 

    Espero que este breve resumen te sirva, por lo menos, para conocer que existen más salidas profesionales. Si tienes alguna duda y/o consulta, quedo a tu disposición en la siguiente dirección de email: mpcjfarmaceutico@gmail.com.

    Un cordial saludo.

    ¡Uso obligatorio de mascarillas!

    Junta de Andalucía.

    Publicada Orden de 11 de enero de 2024 por la que se adoptan medidas de salud pública en aplicación de la Orden Comunicada del Ministerio de Sanidad, que aprueba declaración de actuaciones coordinadas en salud pública, estableciendo la obligatoriedad del uso de mascarilla en centros sanitarios asistenciales. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, BOJA extraordinario número 1 de 11 de enero de 2024.

    Se establece la obligatoriedad del uso de mascarilla en:

    • Centros sanitarios públicos de atención especializada, como hospitales y centros periféricos de especialidades.
    • Centros sanitarios públicos de atención primaria, como centros de salud, consultorios locales y consultorios auxiliares.
    • Centros sanitarios del ámbito privado, como las consultas médicas privadas.

    Este uso universal podrá excusarse en aquellos ámbitos donde exista interacción verbal y/o gestual inexcusable en el abordaje o trato con el paciente.

    No se incluyen en el ámbito de aplicación de la presente norma los establecimientos sanitarios, como oficinas de farmacia, ópticas, ortopedias, botiquines y establecimientos de audioprótesis. 

    La presente norma surte efectos desde el 11 de enero de 2024 hasta que se apruebe por el Ministerio de Sanidad la finalización de su vigencia. 

    Según la citada norma, cuando se presenten datos de descenso de la incidencia acumulada de infecciones respiratorias agudas durante 2 semanas consecutivas, podrá pasarse de una situación de obligatoriedad a una situación de recomendación de uso. 

    Orden de 11 de enero de 2024, medidas de salud pública en aplicación de la Orden Comunicada del Ministerio de Sanidad de 10 de enero de 2024, que aprueba declaración de actuaciones coordinadas en salud pública, estableciendo la obligatoriedad del uso universal de mascarilla en centros sanitarios asistenciales.

    Más información:

    Plan Inspección Servicios Sanitarios 2024.

    Junta de Andalucía.

    Se aprueba el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios (ISS) para el año 2024 mediante la Orden de 19 de diciembre de 2023, publicado en BOJA número 3 del 4 de enero de 2024.

    Siguiendo las pautas establecidas en dicho Plan, la Inspección Médica y Farmacéutica de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía ejercerá sus funciones de inspección y evaluación conforme a lo establecido en la legislación vigente (Reglamento de Ordenación de la ISS y en el vigente Plan Anual de Inspección), estructurándose en las siguientes líneas básicas de actuación:

    1. Inspección y evaluación del cumplimiento de los derechos que asisten a la ciudadanía.

    2. Inspección y evaluación de centros, establecimientos, servicios y prestaciones sanitarias.

    3. Inspección y evaluación de los centros concertados o conveniados con el Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA).

    4. Inspección y evaluación de los medicamentos, productos sanitarios e investigación biomédica.

    5. Inspección y evaluación de la Incapacidad Temporal y otras prestaciones sanitarias del Sistema de Seguridad Social.

    6. Evaluación y control de la calidad de las prestaciones y servicios sanitarios.

    7. Inspección, evaluación y asesoramiento en salud laboral.

    8. Valoración y asesoramiento en materia de responsabilidad patrimonial.

    Orden de 19 de diciembre de 2023, por la que se aprueba el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios para el año 2024.

    Decreto 189/2023, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
    Ordenación de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía.

    Convocatoria nula de concurso-oposición A1.4, promoción interna.

    Comunidad Autónoma de Andalucía. Servicio Andaluz de Salud.

    Publicada la Resolución 7 marzo 2023 (DG Personal del SAS), que declara desierta la convocatoria del concurso-oposición (promoción interna) de plazas básicas vacantes del Cuerpo Superior Facultativo de IISS de la JA, especialidad de Farmacia, A1.4.

    De nuevo queda desierta la convocatoria por falta de aspirantes al concurso-oposición. Como era de esperar.

    Ver Resolución.

    Nuevos alimentos.

    Se autoriza la comercialización de los siguientes productos alimenticios:

    • Harina de setas con vitamina D2
    • Polvo parcialmente desgrasado de Acheta domesticus (grillo doméstico)
    • Proteína de guisante y dea rroz fermentada por micelios de Lentinula edodes (seta shiitake)
    • Lacto-N-tetraosa producida por cepas derivadas de Escherichia coli BL21 (DE3)

    Harina de setas con vitamina D2.

    Esta harina se produce mediante la exposición controlada a radiación ultravioleta de setas Agaricus bisporus cortadas en rodajas o dados, seguida de su deshidratación y molienda hasta obtener un polvo

    Solo la empresa Monterey Mushrooms Inc. (Estados Unidos) está autorizada a comercializar en la Unión Europea (UE) este alimento durante un período de 5 años a partir del 24/01/2023, a menos que un solicitante posterior obtenga una autorización para ese nuevo alimento sin remitirse a los datos científicos protegidos, o con el acuerdo de Monterey Mushrooms Inc.

    La denominación del nuevo alimento en el etiquetado de los alimentos que lo contengan será “harina de setas con vitamina D2”.

    En el etiquetado de los complementos alimenticios que contengan harina de setas con vitamina D2 figurará una declaración en la que se indique que no deben ser consumidos por lactantes ni niños menores de 3 años.

    En el Anexo del Reglamento de ejecución (UE) 2023/4 que autoriza la comercialización de harina de setas con vitamina D2 como nuevo alimento se establecen las categorías de alimentos donde puede utilizarse este nuevo alimento.

    Polvo parcialmente desgrasado de Acheta domesticus (grillo doméstico).

    Solo la empresa Cricket One Co. Ltd (Vietnam) está autorizada a comercializar en la UE el nuevo alimento durante un período de 5 años a partir del 24/01/2023, a menos que un solicitante posterior obtenga una autorización para ese nuevo alimento sin remitirse a los datos científicos protegidos con arreglo al artículo 3, o con el acuerdo de Cricket One Co. Ltd.

    La denominación de este alimento en el etiquetado de los productos alimenticios que lo contengan será “polvo parcialmente desgrasado de Acheta domesticus (grillo doméstico)”.

    En el etiquetado de los productos alimenticios que contengan polvo parcialmente desgrasado de Acheta domesticus (grillo doméstico) figurará una declaración en la que se indique que este ingrediente puede causar reacciones alérgicas a los consumidores con alergias conocidas a los crustáceos y moluscos y a sus productos, o a los ácaros del polvo. Esta declaración figurará muy cerca de la lista de ingredientes.

    En el anexo del Reglamento de ejecución (UE) 2023/5 se establecen las categorías de alimentos donde podrá estar presente el nuevo alimento.

    El nuevo alimento es polvo parcialmente desgrasado obtenido de ejemplares enteros de Acheta domesticus (grillo doméstico) tras una serie de etapas que incluyen un período de ayuno de 24 horas para que los insectos puedan eliminar el contenido del intestino, el sacrificio de los insectos mediante congelación, su lavado, tratamiento térmico y secado, la extracción de aceite (extrusión mecánica) y la molienda.

    Proteína de guisante y dea rroz fermentada por micelios de Lentinula edodes (seta shiitake).

    La empresa autorizada parfa comercializar este alimento durante un periodo de 5 años es MycoTechnology, Inc. (Estados Unidos), a partir del 24 de enero de 2023.

    La denominación del nuevo alimento en el etiquetado de los productos alimenticios que lo contengan (ver anexo del Reglamento de ejecución de la UE 2023/4) será “proteína de guisantes y arroz fermentada por micelios de seta shiitake”.

    El nuevo alimento se produce a partir de la fermentación de una mezcla de un 65 % de proteína de guisantes y un 35 % de proteínas de arroz con los micelios de la seta shiitake (Lentinula edodes), seguida de un tratamiento térmico para terminar la fermentación y una serie de fases de secado para formar un polvo.

    Lacto-N-tetraosa producida por cepas derivadas de Escherichia coli BL21 (DE3).

    Solo la empresa Chr. Hansen A/S (Dinamarca) estará autorizada a comercializar en la Unión el nuevo alimento durante un período de 5 años a partir del 24/01/2023, a menos que un solicitante posterior obtenga una autorización para ese nuevo alimento, o con el acuerdo de Chr. Hansen A/S.

    La denominación del nuevo alimento en el etiquetado de los productos alimenticios que lo contengan será “lacto-N-tetraosa”. Ver las categorías de los alimentos donde podrá adicionarse el nuevo alimento (Anexo del Reglamento de ejecución 2023/7).

    En el etiquetado de los complementos alimenticios que contengan lacto-N-tetraosa (LNT) figurará una declaración en la que se indique que:

    a) no deben ser consumidos por niños menores de 3 años;

    b) no deben utilizarse si el mismo día se consumen otros alimentos que contienen lacto-N-tetraosa añadida.

    La lacto-N-tetraosa es un polvo purificado y concentrado entre blanco y blanquecino que se produce mediante un proceso de fermentación microbiana.

    Reglamento de ejecución (UE) 2023/4 de 3 de enero de 2023 por el que se autoriza la comercialización de harina de setas con vitamina D2 como nuevo alimento y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470.

    Reglamento de ejecución (UE) 2023/5 de 3 de enero de 2023 por el que se autoriza la comercialización de polvo parcialmente desgrasado de Acheta domesticus (grillo doméstico) como nuevo alimento y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470.

    Reglamento de ejecución (UE) 2023/6 de 3 de enero de 2023 por el que se autoriza la comercialización de proteína de guisantes y de arroz fermentada por micelios de Lentinula edodes (seta shiitake) como nuevo alimento y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470.

    Reglamento de ejecución (UE) 2023/7 de 3 de enero de 2023 por el que se autoriza la comercialización de lacto-N-tetraosa producida por cepas derivadas de Escherichia coli BL21 (DE3) como nuevo alimento y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470.

    Oposiciones para Farmacéutic@s A1.4 (Inspección Salud Pública).

    Se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022 de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud. Destacando para acceso libre:

    • 20 plazas del Cuerpo Superior Facultativo IISS, especialidad Farmacia (A1.4).
    • 3 plazas del Cuerpo Superior Facultativo IISS, especialidad Veterinaria (A1.4).
    • 1 plaza de Farmacéutico de Atención Primaria.
    • 1 plaza de Técnico de Salud en Sanidad Ambiental.

    De conformidad con lo establecido en el artículo 70.1 del TRLEBEP, las convocatorias para cubrir las plazas correspondientes al ingreso y promoción interna en las categorías y especialidades contenidas en los Anexos I y II se realizarán mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud en el plazo de seis meses, respetándose el plazo máximo de ejecución a que se refiere el mencionado artículo.

    Artículo 70.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015 (TRLEBEP). Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.

    Pincha aquí para ver el Decreto 567/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público (OEP) para el año 2022 de los centros sanitarios del SAS y se modifican los Decretos 290/2021, 291/2021, 292/2021, 293/2021 y 294/2021, todos de 28 de diciembre, por los que se disuelven las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, se designan los correspondientes órganos liquidadores, se establecen medidas en materia de personal y otras medidas organizativas de carácter transitorio.