SALUD AMBIENTAL. Evaluación del riesgo.
Recordar que, a partir del 2 de enero de 2025, los operadores de aguas de consumo deberán cumplir los valores paramétricos de nuevos parámetros del anexo I, parte B (parámetros químicos) del Real Decreto 3/2023, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (Disposición adicional 7ª).
¿Qué parámetros son?
- Clorito
- Clorato
- Bisfenol A
- Uranio
- ∑5 ácidos haloacéticos
- 4 PFAS
Los valores paramétricos establecidos en el citado Real Decreto 3/2023 son, con carácter general (la normativa vigente establece excepciones/notas a los siguientes valores paramédicos):
Clorito = 0,25 mg/L.
Clorato = 0,25 mg/L.
Bisfenol A = 2,5 µg/L.
Uranio = 30 µg/L.
∑5 ácidos haloacéticos = 60 µg/L.
4 PFAS (PFOA, PFOS, PFNA y PFHxS) = 0,07 µg/L (cada uno).