Hidróxido de hierro adipato tartrato.

Fabricación de complementos alimenticios.

Publicado el Reglamento (UE) 2024/248 de 16 de enero de 2024 por el que se modifica el anexo II de la Directiva 2002/46/CE respecto al hidróxido de hierro adipato tartrato utilizado en la fabricación de complementos alimenticios.

El Anexo II de la Directiva 2002/46/CE incluye las sustancias vitamínicas y sustancias minerales que pueden utilizarse en la fabricación de complementos alimenticios.

En el punto B del citado anexo de la Directiva 2002/46/CE, se inserta la entrada siguiente después de la entrada «EDTA férrico sódico»:

  • hidróxido de hierro adipato tartrato (nano) (*)

(*) Según figura en la lista de la Unión de nuevos alimentos del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470, por el que se establece la lista de la Unión de nuevos alimentos, de conformidad con el Reglamento (UE) 2015/2283, relativo a los nuevos alimentos.

Escarabajo del estiércol como nuevo alimento.

Publicado el Reglamento de ejecución (UE) 2023/58, de 5 de enero de 2023, por el que se autoriza la comercialización de las formas congelada, en pasta, desecada y en polvo de las larvas de Alphitobius diaperinus (escarabajo del estiércol) como nuevo alimento. (Empresa responsable Ynsect NL. B. V. de Países Bajos.

Entre las categorías de alimentos donde puede utilizarse, destacar barritas de cereales, panes y panecillos, platos a base de pastas secas, gachas, sopas, platos a base de pizza, patatas fritas, manteca de cacahuete, preparados de carne, artículos de chocolate, o complementos alimenticios. (Ver listado completo en el Reglamento citado. Pincha aquí).

El citado alimento se presenta en forma congeladas, en pasta desecada y en polvo de las larva del escarabajo del estiércol (forma larvaria Alphitobius diaperinus, escarabajos oscuros). Se destinan al consumo humano las larvas enteras.

El nuevo alimento está destinado a ser comercializado en 4 formas distintas:

  • Larvas enteras escaldadas y congeladas,
  • Pasta de larvas enteras escaldadas, molidas y congeladas,
  • Larvas enteras escaldadas y liofilizadas, y
  • Polvo de larvas enteras escaldadas, liofilizadas y molidas.

La denominación del nuevo ali­mento en el etiquetado de los pro­ductos alimenticios que lo contengan será, dependiendo de la forma utilizada:

  • “larvas de Alphitobius diaperinus (escarabajo del estiércol) congeladas/en pas­ta” o
  • “larvas de Alphitobius diape­ rinus (escarabajo del estiércol) desecadas/en polvo”. 

En el caso de los complementos alimenticios, en el etiquetado figurará una declaración en la que se indi­que que estos complementos ali­menticios no deben ser consumi­dos por personas menores de 18 años. 

En el etiquetado de los alimentos que contengan las formas congeladas, en pasta, desecada o en polvo de las mencionadas larvas figurará una declara­ción en la que se indique que este ingrediente puede causar reaccio­nes alérgicas a los consumidores con alergias conocidas a los crus­táceos y a sus productos, o a los ácaros del polvo. Esta declaración figurará muy cer­ca de la lista de ingredientes. 

Mercurio en sal y pescado.

Nuevos contenidos máximos de mercurio en sal y pescado.

Publicado a fecha 13 de abril de 2022 el Reglamento (UE) 2022/617 de 12 de abril de 2022 por el que se modifica el Reglamento (CE) 1881/2006 que fija el contenido máximo de contaminantes químicos en alimentos, en referencia al contenido máximo de mercurio en el pescado y la sal.

De los límites máximos establecidos destacamos:

  • Contenido máximo de 0,30 mg/Kg peso fresco en cefalópodos, gasterópodos y carne de pescados como: Anchoa (Engraulis species), bacalao (Gadus morhua), caballa (Scomber species), pez gato de Mekong (Pangasianodom gigas), lenguado europeo (Solea solea) y, merlán (Merlangius marlangus) entre otros.
  • Contenido máximo de 0,1 mg/Kg en complementos alimenticios. comercializados.
  • Contenido máximo de 0,1 mg/Kg en sal.

Los alimentos incluidos en el anexo de la citada norma que hayan sido comercializados legalmente antes de la entrada en vigor del mismo (entra en vigor a los 20 días de su publicación en el DOUE) podrán permanecer en el mercado hasta su fecha de consumo preferente o su fecha de caducidad.

Fructoborato de calcio/complementos alimenticios

Nuevo alimento: Fructoborato de calcio

Publicado el Reglamento de ejecución (UE) 2021/2129 de 2 de diciembre que autoriza la comercialización del fructoborato de calcio (de síntesis química) como un nuevo alimento. Se incluye en la lista de la Unión (UE) de nuevos alimentos autorizados. A partir del 23 de diciembre de 2021 durante un periodo de cinco años, solo la empresa VDF FutureCeuticals, Inc (Illinois, Estados Unidos) esta autorizado para comercializar en la Unión Europea el citado nuevo alimento. La fecha de finalización de protección de datos será el 23 de diciembre de 2026.

El citado alimento se utilizará en complementos alimenticios dirigido a la población adulta (excepto los destinados a las mujeres embarazadas y lactantes) con un contenido máximo de 220 mg/día.

El fructoborato de calcio es un compuesto de boro, fructosa y calcio que se encuentra en las frutas y verduras frescas, siendo una fuente de boro soluble. 

Deberán incluirse en su etiquetado, como requisitos específicos adicionales, la denominación del nuevo alimento “fructoborato de calcio” en el etiquetado de los alimentos que lo contienen, junto con una declaración que precise que dichos complementos alimenticios no deben ser consumidos por la población menor de 18 años ni por mujeres embarazadas y lactantes.

Entre los beneficios que sugieren los complementos alimenticios que incluyen este ingrediente se encuentran mejoras en los niveles de los triglicéridos y el colesterol, efectos antioxidantes, reducción de la inflamación en las articulaciones y el tratamiento de la osteoporosis (con pocos efectos secundarios).

Debemos recordar que los elementos de síntesis química (de forma aislada) no pueden nunca compararse con los alimentos naturales, que a diferencia de los anteriores, contienen mayor número de nutrientes que contribuyen a su absorción, distribución, metabolismo y eliminación en el organismo humano.