Artículo 8 del reciente Real Decreto 315/2025 que establecen medidas para favorecer el acceso al agua de consumo, publicado por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
En el apartado 1, establece que las administraciones públicas favorecerán el acceso al agua mediante la implantación de fuentes de agua, adecuadamente señalizadas, que ofrezcan agua potable (agua de consumo) de forma gratuita, en espacios comunes y de recreo, durante toda la jornada escolar y extraescolar, incluyendo los periodos de almuerzo.
Apartado 2. Se dispondrá de jarras de agua de consumo en las mesas de los comedores escolares, salvo que no sea posible debido a las condiciones del suministro, en cuyo caso se priorizaran envases grandes reutilizables.
Sin comentarios. No podemos perder el tiempo.