Fabricación de complementos alimenticios.
El Anexo II de la Directiva 2002/46/CE incluye las sustancias vitamínicas y sustancias minerales que pueden utilizarse en la fabricación de complementos alimenticios.
En el punto B del citado anexo de la Directiva 2002/46/CE, se inserta la entrada siguiente después de la entrada «EDTA férrico sódico»:
- hidróxido de hierro adipato tartrato (nano) (*)
(*) Según figura en la lista de la Unión de nuevos alimentos del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470, por el que se establece la lista de la Unión de nuevos alimentos, de conformidad con el Reglamento (UE) 2015/2283, relativo a los nuevos alimentos.